Se debatirá hoy en apelación caso sobre sobornos de Odebrecht

La Corte de Apelación tiene previsto escuchar este lunes las motivaciones del Ministerio Público para solicitar el aumento de la pena de cinco años impuesta a Víctor Díaz Rúa, y anular el descargo que obtuvo el abogado Conrado Pittaluga, quienes fueron procesados por los 92 millones de dólares que Odebrecht admitió haber pagado en sobornos para conseguir contratos de obras estatales.

La Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca) está requiriendo a la Corte dictar una nueva pena de diez años de prisión contra Díaz Rúa, exministro de Obras Públicas.

En tanto que quiere que a Conrado Pittaluga le revoquen el descargo con el que fue favorecido y le impongan una condena de 7 años de prisión, puesto que, pese a que en primer grado no encontraron pruebas suficientes para sentenciarlo, la Pepca insiste en que este fue testaferro de Díaz Rúa.

El órgano persecutor del Estado solo apeló para esos dos casos. No recurrió la sentencia del principal imputado, el empresario Ángel Rondón Rijos, a quien le impusieron una condena de ocho años de prisión. Tampoco apeló el descargo de Tommy Galán, Juan Roberto Rodríguez y Andrés Bautista.

Argumentos del MP

En el recurso de apelación el Ministerio Público justifica que no recurrió el caso de Ángel Rondón porque quedó demostrado de que las juezas Esmirna Giselle Méndez, Tania Yunes y Jissel Naranjo, del Primer Tribunal Colegiado del Distrito, fallaron apegadas al derecho. Pero que en el caso de Pittaluga se examinaron las mismas pruebas y hechos similares, y el tribunal dio un veredicto diferente.

“Los hechos fueron probados en el tribunal por el Ministerio Público, por lo que luego del análisis exhaustivo, armónico e individual de todos ellos, las juezas declaran la culpabilidad del acusado Ángel Rondón Rijo, por quedar demostrado que dicho acusado cometió los ilícitos penales de soborno y lavado de activos. Esta es una decisión apegada a derecho y a las pruebas sometidas al contradictorio en el juicio oral del presente proceso”, establece el documento de la Pepca.

Sin embargo, continúa diciendo el recurso “este mismo tribunal, al examinar las mismas pruebas, sobre hechos muy similares, para el caso del acusado Conrado Enrique Pittaluga Arzeno, llega a una conclusión distinta, interpretando las pruebas de forma errada y entrando en contradicción con su análisis anterior, siendo esta contradicción e ilogicidad lo que da motivo al presente recurso. Para salvar esta situación, bastaba con ser coherente”.

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