Retiran propaganda política de las calles del Gran Santo Domingo

Las Alcaldías del Distrito Nacional, Santo Domingo Norte y Este comenzaron a desmontar las propagandas políticas de los distintos partidos que participaron en las pasadas elecciones municipales amparados en la Ley 20-23 de Régimen Electoral.

El artículo 181 de la Ley 20-23 de Propaganda Electoral, establece: «Los partidos, agrupaciones o movimientos políticos y sus candidatos serán responsables del retiro de la propaganda electoral, para estos fines se coordinará con los partidos, agrupaciones o movimientos políticos y los ayuntamientos correspondientes.»

En el párrafo I del artículo 181 se dispone que la Junta Central Electoral podrá retener un monto de los aportes a los partidos, agrupaciones o movimientos políticos, como garantía de que efectuarán efectivamente el retiro de la propaganda.

Y en el II dice lo siguiente: «En caso de que los partidos, agrupaciones o movimientos políticos no hagan efectivo el retiro de la propaganda, la Junta Central Electoral solventará los costos de retiro de la misma con los fondos retenidos al partido político correspondiente».

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