Los beneficios de la Ley 43-23 de lengua de señas

Las personas con discapacidad auditiva ven como una esperanza para facilitar sus vidas la obligación que ahora tendrán las instituciones de contar con intérpretes de lengua de señas para prestar sus servicios públicos.
El presidente Luis Abinader promulgó ayer martes la Ley 43-23, que reconoce la lengua de señas como medio de comunicación oficial y manda al Estado a proveer intérpretes en la difusión de actos oficiales y en los programas de televisión.
La norma ordena en su artículo 6 que «se debe procurar de manera progresiva la participación de intérpretes y guías intérpretes de la lengua de señas» en los actos oficiales o públicos en los que participe el presidente de la República, ministros y titulares de la administración local y de los organismos autónomos descentralizados.
También, aquellos donde participen los presidentes de las cámaras legislativas, la Suprema Corte de Justicia y los órganos constitucionales o extra poder.
La transmisión por cadena nacional o estatal de las intervenciones gubernamentales, las sesiones del Congreso Nacional y los discursos de rendición de cuentas de los titulares de los órganos constitucionales o extra poder deberán contar con el servicio de intérpretes o guías intérpretes de la lengua de señas.
La nueva ley adjudica al Estado dominicano la responsabilidad de crear intervención de intérpretes en la televisión abierta para los programas informativos, documentales, culturales, educacionales y en los mensajes de las autoridades nacionales y municipales.
Los propietarios de medios de comunicación también deben utilizar intérpretes de manera progresiva en la transmisión de programas de televisión informativos y de interés general.
También en las obras de teatro, conferencias, congresos u otros eventos de carácter público se debe implementar el uso de intérpretes de la lengua de señas cuando un grupo de cinco o más personas sordas lo soliciten.